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Málaga

Indemnizan a la viuda de un paciente con cáncer por el retraso de una prueba

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud debe pagar

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  • Fachada de la institución consultiva andaluza. -

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) debe indemnizar con 89.209 euros a la viuda de un paciente de Málaga al que le hicieron una ecografía con un año de retraso, prueba en la que le diagnosticaron dos tumores por los que murió poco después.

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe a favor de la viuda de un paciente que acudió con problemas hepáticos al hospital Virgen de la Victoria de Málaga, desde donde fue derivado en febrero de 2018 al Costa del Sol a la espera de unas pruebas, según el dictamen del Consultivo, al que ha tenido acceso Efe.

La reclamante solicitó 220.000 euros al considerar que la muerte de su marido, que falleció en el Carlos Haya de Málaga el 10 de febrero de 2020, respondía a una mala atención sanitaria.

La víctima padecía una enfermedad hepática por la que esperaba que le realizaran una ecografía que fue reclamada en varias ocasiones.

En febrero de 2019 acudió a Urgencias por una hinchazón grave en las piernas y, sin tener en cuenta su enfermedad, le aconsejaron cambiar el calzado sin pensar que podía ser el hígado el causante.

Fue después de esta visita a urgencias cuando le realizaron un TAC en el que se descubrió que tenía dos tumores hepáticos de 9 y 5 centímetros, por lo que fue sometido a tratamiento de quimioterapia.

El paciente solicitó la posibilidad de trasplante, que fue denegado porque no había acudido a algunas de las citas, pese a que sí que se presentó, aunque no fue atendido porque no contaba con la ecografía necesaria para atenderlo.

La reclamante considera que el fallecimiento de su marido se podría haber evitado si la ecografía se hubiese hecho en su momento.

El relato de la viuda coincide con lo expuesto en el informe emitido por el Servicio de Aparato Digestivo del Hospital Universitario Virgen de la Victoria.

Según el Consultivo, la asistencia sanitaria dispensada al paciente una vez diagnosticado el cáncer fue correcta, pero no puede concluirse lo mismo sobre la fase previa, ya que queda patente una "mala praxis por falta de medios" que demoró injustificadamente la realización de una prueba imprescindible para el diagnóstico.

Sin embargo, la demora de las pruebas no puede considerarse la causa de la muerte del paciente sino una pérdida de oportunidad ya que existe una alta probabilidad de que el fallecimiento se hubiera producido igualmente al tratarse de una enfermedad agresiva con un limitado porcentaje de supervivencia.

Con estos datos, el Consultivo ha dictaminado indemnizar a la viuda, aunque con una cuantía de 89.209.

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