La Audiencia de Pontevedra ha condenado a penas que oscilan entre los tres y los doce años de cárcel para las catorce personas que concertaron introducir en España más de 1,7 toneladas de cocaína a bordo del remolcador Titán III.
Once de ellos han sido condenados en calidad de autores y tres como cómplices, según recoge la sentencia que ha divulgado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Todos ellos han sido condenados por cometer un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, concurriendo el subtipo superagravado de extrema gravedad, debido a la cantidad de droga y al uso de embarcaciones.
Además de la pena de prisión, el tribunal, que ha absuelto a cinco sospechosos, les ha impuesto multas que oscilan entre los 60 y los 354 millones de euros.
Los magistrados consideran que todos ellos "formaron parte de la operación" y, por tanto, eran "conocedores de la importante cantidad de droga" que cargaba el Titán III y que se iba a alijar con la intervención de otro barco, el pesquero Sempre Cacharelos.
La droga que portaba el remolcador, que fue abordado el 7 de agosto de 2018 entre las Azores y Madeira cuando el barco estaba averiado en alta mar, alcanzaría un valor en el mercado ilícito de más de 59 millones de euros.
Inicialmente, según el fallo, se hallaron 14 fardos de cocaína amontonados y, en el puerto de Las Palmas, donde se realizó el registro judicial del barco, se localizaron los restantes 70 fardos de cocaína que componían el cargamento, formado por un total 84 fardos.
Al día siguiente, fue abordado el pesquero Sempre Cacharelos a 110 millas de distancia del punto de encuentro concertado para el trasvase de droga que debía recibir del Titán III.
El tribunal considera probado en la resolución que, entre los meses de enero de 2017 y agosto de 2018, tres de los condenados y la esposa de uno de ellos, quien colaboraba con él, se encargaron "de coordinar la provisión del cargamento de cocaína con quienes pudieran realizar el transporte transoceánico y dispusieran de medios para finalizar el alijo".
Otros seis condenados tuvieron como cometido, según las juezas, "garantizar el aprovisionamiento de cocaína y posibilitar su introducción en territorio nacional", mientras que la labor de los otros cuatro fue encargarse del transporte transoceánico del cargamento de cocaína que cargó el Titán III para transbordarlo al Sempre Cacharelos.
En la sentencia, la Audiencia rechaza la impugnación de las intervenciones telefónicas solicitada por las defensas y también descarta la ruptura de la cadena de custodia que éstas alegaban.
Así, recalca que la cantidad de droga que se cargó en el Titán III es la misma que después consta en el acta del letrado de la Administración de Justicia, "sin que surja duda alguna respecto a que del Titán y hacia el patrullero de Vigilancia Aduanera fuera transbordada otra cantidad".
Tampoco se ha acreditado que el patrullero remolcando al Titán pusiera un rumbo que no fuera el de Las Palmas, "adoptado por las condiciones meteorológicas y sin otro motivo espurio".
Las magistradas indican que quedó acreditado "cómo se descargó la droga y quién y de qué forma se hizo cargo de la misma, así como su posterior análisis y pesaje".
La sentencia emitida por la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, no es firme y contra ella cabe presentar recurso.