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Valencia

Prisión permanente revisable por asesinar a una mujer discapacitada para robarle

A la esposa del condenado se le impone la misma pena de tres años de privación de libertad al considerarla coautora del delito de descubrimiento de secretos

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  • Tribunales -

Un hombre de 62 años ha sido condenado a prisión permanente revisable al ser declarado culpable de matar en Benidorm (Alicante) a una mujer en situación de especial vulnerabilidad, al padecer la enfermedad de focomelia y desplazarse en silla de ruedas, con la intención de robarle.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante añade para el procesado otros tres años de prisión por un segundo delito de descubrimiento y revelación de secretos en concurso con uno de robo con fuerza en casa habitada, después de que el jurado que enjuició los hechos también considerase probado que se apropió del dinero depositado por la víctima en una caja fuerte, tras instalar una cámara de vigilancia en el domicilio para tener acceso a su contraseña.

A la esposa del condenado se le impone la misma pena de tres años de privación de libertad al considerarla coautora del delito de descubrimiento de secretos, y le añade otros seis meses de prisión por un segundo delito de encubrimiento respecto al asesinato cometido por su marido.

Los dos procesados habían sido condenados inicialmente a prisión permanente revisable en un primer juicio con jurado popular celebrado en 2022 que les consideró coautores de la muerte de la mujer con discapacidad, pero tras un recurso de apelación, el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) anuló en febrero de 2023 esa primera sentencia porque el objeto del veredicto entregado al jurado adolecía de defectos, ya que solo pudieron valorar hechos desfavorables para los procesados.

La sentencia dictada ahora por la Audiencia tras la repetición del juicio con un jurado distinto mantiene la misma pena de prisión permanente revisable para el procesado, pero exculpa a su mujer del delito de asesinato.

De este modo, la acusada, defendida por la letrada Lourdes Picazo, se encuentra a la espera de que se liquide la pena de cárcel ya cumplida para que se le pueda conceder el régimen de semilibertad, tras haber superado tres cuartas partes de la condena desde el inició de su reclusión en prisión preventiva, desde su arresto.

Los hechos sucedieron en el 14 de junio de 2020 en el domicilio de la víctima en Benidorm a donde, según el jurado, los dos procesados se desplazaron desde Adrall (Lleida) en dos vehículos distintos -uno de ellos, un Mercedes que la víctima le había comprado al acusado- con la intención de robar a la mujer, con la que mantenían una relación de amistad entablada cinco años atrás, hasta el punto de que el acusado llegó a realizar tareas de asistencia a la víctima, asumiendo trabajos de mantenimiento en su vivienda.

El jurado creyó demostrado que los dos procesados se pusieron de común acuerdo para apropiarse de los bienes guardados en la caja fuerte de la víctima tras instalar una cámara de vigilancia con el objetivo de descubrir la combinación que permitiese abrirla, y han concluido que el hombre la golpeó por la espalda, sin que la víctima tuviera capacidad de defensa, y que después volcó la silla de ruedas eléctrica y que esa última acción fue la que provocó la muerte por asfixia por la compresión que ejercía el peso sobre la espalda.

La esposa esperó a su marido fuera de la casa y no se enteró de la muerte hasta una vez ocurrida, por lo que “no actuó como cómplice” para matar a la víctima sino que “en todo caso le encubrió en base a su relación de pareja", según una sentencia que rechaza indemnizar a los tres hermanos de la fallecida con 48.000 euros porque estos no tenían ninguna relación desde hacía más de 20 años. 

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