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El TC avala la ilegalización de ANV por su relación con ETA

El Tribunal Constitucional (TC) confirmó ayer la sentencia del Tribunal Supremo que acordó la ilegalización de Acción Nacionalista Vasca (ANV) al estimar que las pruebas han demostrado su relación, ?en todos los órdenes?, con la banda terrorista ETA y Batasuna.

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  • "Son unas actuaciones y no unos programas o idearios", lo que ha motivado esta decisión
El Tribunal Constitucional (TC) confirmó ayer la sentencia del Tribunal Supremo que acordó la ilegalización de Acción Nacionalista Vasca (ANV) al estimar que las pruebas han demostrado su relación, “en todos los órdenes”, con la banda terrorista ETA y Batasuna. 

La Sala Segunda del TC, que rechazó así el recurso de amparo presentado por ANV, considera que la sentencia del Supremo no infringió los derechos de asociación política y libertades ideológica y de expresión como había alegado la formación ilegalizada. 

Además, concluye que los hechos que fueron declarados probados por el Supremo están contemplados en las causas de ilegalización previstas en la Ley de Partidos Políticos. 

El Constitucional estima que es tan efectivo el apoyo brindado directamente a ETA como el que se dispensa a Batasuna, ya que se trata de un partido que fue disuelto por ser un simple instrumento de la banda terrorista. 

Además, sostiene que la sentencia del TS concluyó de una forma razonable y motivada que ANV “ha acabado colaborando reiterada y gravemente con Batasuna complementando y apoyando políticamente, en consecuencia, a la organización terrorista ETA”. 

Por ello, el alto tribunal dice que no puede admitirse que el hecho de que Batasuna sea un partido ilegalizado pero no una organización terrorista impida aplicar a ANV las causas de ilegalización previstas en la Ley de Partidos, como alegaba esta formación. 

El TC explica que el Supremo no ha ilegalizado a ANV por su coincidencia ideológica con ETA, sino por haber entendido que la campaña de intimidación dirigida a numerosos candidatos electos tras los comicios de 2007 y el boicoteo organizado en connivencia con Batasuna, siempre al servicio de la banda, contra la constitución de determinadas corporaciones municipales, tenía perfecto encaje en la Ley de Partidos Políticos. 

Por ello, insiste el TC, “son unas actuaciones y no unos programas o idearios” las que se han subsumido en las causas legales aplicadas por el TS. 

Recuerda además que las “sospechas latentes” en el auto de anulación de buena parte de las candidaturas de EAE/ANV a las elecciones locales y forales de 2007 “podían dar paso a la certeza de que era la nueva alternativa de ETA”.

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