El tiempo en: Arcos

Provincia de Granada

El juez desestima la petición de medidas cautelares del PP contra la moción de censura en Armilla

El mismo juzgado ya acordó tramitar esta petición por el cauce ordinario el pasado 30 de enero y ahora, después de haber recibido las alegaciones tanto por parte de los 'populares' como del Ayuntamiento de Armilla, ha decidido, sin entrar en la cuestión de fondo, no adoptar medidas cautelares

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Granada ha desestimado la solicitud de medidas cautelares del PP para la suspensión del acuerdo del pleno que tuvo lugar en el Ayuntamiento de Armilla (Granada) el pasado 21 de enero en el que se aprobó la moción de censura contra el 'popular' Antonio Ayllón y que dio la Alcaldía al socialista Gerardo Sánchez con el apoyo de IU y un edil de IDEA.

   El mismo juzgado ya acordó tramitar esta petición por el cauce ordinario el pasado 30 de enero y ahora, después de haber recibido las alegaciones tanto por parte de los 'populares' como del Ayuntamiento de Armilla, ha decidido, sin entrar en la cuestión de fondo, no adoptar medidas cautelares.

   En un auto de fecha 18 de febrero y al que este miércoles ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Antonio de la Oliva argumenta que en este caso "no concurren" los requisitos "legalmente exigidos" para la adopción de medidas cautelares.

   De una parte, porque entiende que "no puede proclamarse" en esta fase del proceso que tanto el pleno como el acuerdo de la Mesa de Edad se basaron en una "palmaria y clarísima ilegalidad", y, de otra, "porque no se acredita" que la no adopción de medidas cautelares vaya a implicar que "necesariamente" todos los actos que emanen de la corporación actual sean nulos.

   De hecho apunta que "dicho razonamiento puede ser aplicado en sentido contrario, de tal modo, que, caso de estimarse la medida cautelar de suspensión solicitada y después desestimarse la demanda, los actos dictados en ese periodo de tiempo serían igualmente nulos".

   Así, advierte además el juez que la cuestión a resolver esencialmente sobre el fondo del asunto deberá ser objeto de "acreditación y resolución" en los autos principales, "apreciando y valorando cuantas pruebas puedan practicarse".

   El actual alcalde, Gerardo Sánchez, ha considerado en rueda de prensa que esta nueva resolución avala la legalidad de todo el proceso que provocó la moción de censura y ha animado a Ayllón a que reflexione acerca de por qué ha sido el alcalde "más breve de la historia de Armilla" y se pregunte si tiene que ver con su "nefasta gestión" y su "ausencia" del municipio de Armilla.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN