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La justicia ordena a la LFP que inscriba a Pedro León

La LFP había prohibido la inscripción del futbolista murciano por parte del conjunto madrileño antes de iniciarse la campaña 2014-2015 porque, según las normas de control económico de la patronal, el club \'azulón\' superaba el límite salarial

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  • León. -

El Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid ha ordenado a la Liga de Fútbol Profesional que inscriba al futbolista del Getafe Pedro León y que permita su alineación con el club 'azulón' sin que se incurra "en alineación irregular ni en ningún tipo de sanción por dicha razón".

La LFP había prohibido la inscripción del futbolista murciano por parte del conjunto madrileño antes de iniciarse la campaña 2014-2015 porque, según las normas de control económico de la patronal, el club 'azulón' superaba el límite salarial, amenazando que en el caso de hacerlo incurriría en alineación indebida.

Para poder volver a jugar, Pedro León había solicitado el pasado 30 de septiembre al Juzgado de lo Mercantil número 8 petición de medidas cautelares por actos de competencia desleal contra la LFP. Un mes después, el Consejo Superior de Deportes desestimó su recurso de alzada y le negó su solicitud de recuperar su licencia, mientras que la RFEF sí validó la ficha del centrocampista.

"Debo ordenar y ordeno a la LFP que proceda a expedir el visado previo de la licencia federativa de Pedro León Sánchez, con inaplicación para tal caso de las reglas fijadas por aquella sobre limitación del coste de plantilla deportiva en los presupuestos de los clubes y SAD; y a permitir su alineación con el Getafe, sin que se incurra por éste en alineación irregular ni en ningún tipo de sanción por dicha razón, y a remover todo obstáculo que de ella dependa para permitir dicha alineación en competiciones por ella organizadas", señaló el juzgado en su sentencia.

El magistrado Francisco de Borja Villena también dictaminó que "previamente a cualquier actuación para la ejecución de la medida" el jugador murciano deberá poner una "caución de 30.000 euros, que deberáconstituirse, en plazo de cinco días, en dinero efectivo o aval solidario a primera solicitud de duración indefinida emitido por entidad bancaria o de crédito" de cara a garantizar los perjuicios generados durante la vigencia de la medida si finalmente el proceso no concluye como desea Pedro León.

Además, la medida cautelar "quedará sin vigencia" si el futbolista del Getafe no procede "a presentar demanda de proceso principal en el plazo de 20 días desde la notificación de la presente resolución".

El juzgado también desestimó "el ofrecimiento" por parte de la LFP "de constitución de caución sustitutoria de la medida" por valor de un milllón de euros y ordenó a la patronal al pago de las costas procesales generadas en el presente incidente de medidas, en su primera instancia. Esta resolución puede ser apelada, "sin efecto suspensivo", en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación ante este mismo Juzgado.

PEDRO LEÓN: "GRACIAS POR DARME LO QUE ME NEGÓ EL CSD"

Pedro León había alegado que el control presupuestario del órgano que preside Javier Tebas suponía "un quebranto de las normas sobre defensa de la competencia y acceso al mercado" que recoge la Ley de Defensa de Competencia, mientras que la LFP defendía que está habilitada por ley" para intervenir en el mercado con el control económico.

Tras conocer la resolución, el jugador murciano expresó su alegría tras conocer el dictamen. "Gracias a D.Borja Villena Cortes por darme la cautelar. Gracias por darme lo que me negó el CSD", escribió en su cuenta de 'Twitter'.

Por su parte, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) expresó su "alegría y total satisfacción por la lucha de Pedro León en la defensa de sus derechos, así como su persistencia y empeño, por lo que desde el día de hoy podrá ejercer libremente sus derechos laborales".

"El procedimiento de medidas cautelares solicitadas es complementario al procedimiento principal que deberán seguir las mismas partes procesales y por el mismo objeto. Por tanto, la resolución notificada en el día de hoy mantiene un carácter temporal que se extenderá hasta que en su día se dicte la sentencia del procedimiento principal", recordó el sindicato.

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