La Audiencia de Málaga ha absuelto a los cinco policías nacionales acusados de abusos sexuales a mujeres del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Así, respecto a cuatro procesados, la Sala entiende que del conjunto de la prueba practicada "no hay base suficiente" para una sentencia condenatoria; mientras que a otro agente se le absuelve tras retirarse en el juicio la acusación.
La vista oral se inició en octubre de 2013 con las cuestiones previas y el juicio quedó visto para sentencia el pasado 15 de mayo. Los hechos sucedieron entre junio y julio de 2006. Las acusaciones sostuvieron que los agentes organizaban "fiestas" a las que iban internas, creando un "ambiente relajado de disciplina" para luego, en algunos casos, mantener relaciones sexuales con ellas.
El fiscal acusaba por delitos de abuso sexual con consentimiento viciado, en dos de los casos con acceso carnal, y solicitó diferentes penas de prisión, según los casos, que oscilaban entre los dos y los 10 años. Andalucía Acoge y letrados en representación de algunas internas también acusaban y pedían cárcel para los agentes; mientras que las defensas pidieron la absolución.
Ahora, la Sección Tercera considera probado, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que dos acusados "organizaron cenas de madrugada fuera de las habitaciones con algunas mujeres extranjeras internadas, en las que se bebían bebidas alcohólicas", se fotografiaban juntos, haciéndoles regalos como tabaco y dejándoles usar el móvil. En esas cenas a veces participaba un tercer agente, pero no los otros dos procesados.
Asimismo, "se intimaba con las internas", pero "no ha quedado acreditado" para el Tribunal que en esas cenas los acusados mantuvieran relaciones sexuales con las internas, que han sido testigos protegidas en el procedimiento; ni que se insinuaran ni que empezaran a acariciarlas con ánimo lascivo. Tampoco ha quedado probado que les realizaran tocamientos.
La Sala señala que algunos acusados realizaban cenas y reuniones en horas nocturnas lo que es "una práctica absolutamente inadecuada y que debiera haber sido evitada tanto por los procesados como por sus superiores y que, desde luego, pudiera ser objeto de sanción administrativa", pero esto "en ningún caso tiene entidad suficiente para entender que corroboran la realidad de los abusos sexuales".