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Huelva

A la vía judicial para recuperar la titularidad del bar del parque de Las Palomas

Los concesionarios iniciaron en 2009 los trámites para inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad, y al no objetar el antiguo equipo de Gobierno, se hizo efectivo en 2010; ahora un informe de la Oficialía Mayor del Consistorio concluye que es público

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  • El bar de la polémica -

¿Imaginan que un ayuntamiento tenga que acudir a la vía judicial para demostrar que un inmueble -catalogado y protegido- ubicado en un espacio público es de titularidad municipal? Pues no hace falta que den rienda suelta a su imaginación, porque la respuesta la tienen delante de sus ojos.

El edificio en cuestión es el quiosco-bar de los Jardines del Muelle de Levante, más conocido como parque de Las Palomas, objeto de litigio entre el Ayuntamiento capitalino y sus, oficialmente, propietarios, como así consta en el Registro de la Propiedad.

Así, dentro del orden del día del pleno ordinario que se celebrará este miércoles, se incluye un punto para su aprobación: concluir la investigación que declara que el inmueble debe ser municipal y acordar las acciones que en derecho procedan para recuperar su titularidad.

El informe de dicha información, elaborado por la Oficialía Mayor del Consistorio y al que ha tenido acceso Viva Huelva, concluye que dicho edificio “forma parte integrante de los Jardines del Muelle de Levante, el cual es un bien inmueble actualmente de propiedad municipal por título de compraventa al Estado Español -antes era propiedad del Puerto-, afecto al uso público al ser un Sistema General de Espacio Libres y, por tanto, con la calificación jurídica de dominio público afecto al uso público, gozando del principio de inembargabilidad, inalienabilidad e imprescriptibilidad”.

De hecho, históricamente ha sido de titularidad pública. En 1937, la Junta de Obras del Puerto de Huelva adjudica su arrendamiento; en 1969, pasó a concesión administrativa; en 1991, el Ayuntamiento adquiere el pleno dominio de la finca en la que se incluyen los Jardines del Muelle de Levante, donde se ubica a su vez el quiosco-bar, mediante escritura pública otorgada por el Estado Español a favor del Consistorio; y desde entonces, el informe señala que “una vez adquirida la finca por el Ayuntamiento, se mantuvo en todo momento su uso público como así demuestra el actual PGOU de Huelva de 1999, que lo califica como Sistema General de Espacios Libres -Verde Singular-”.

Además, en 2004 uno de los propietarios del bar solicitó al Ayuntamiento autorización para el cambio de titularidad de la licencia de apertura del quiosco, solicitud que se resolvió por acuerdo municipal en 2005, donde se autorizaba el cambio de titularidad aludiendo “de forma expresa y muy elocuente acerca de la naturaleza jurídica del suelo afectado por el quiosco”, esto es, “ocupaciones del dominio público”.

Dejadez municipal
El problema estriba en que en 2009 los concesionarios del bar inician un expediente de dominio en el Juzgado de Primera Instancia 4 de Huelva. Un expediente de dominio es, básicamente, un procedimiento judicial que se regula en la Ley Hipotecaria y se prevé para inmatricular fincas que no estén inscritas a favor de nadie. En este caso, los concesionarios inician este trámite para inscribir el bar como finca de su propiedad, algo que se logra en 2010.

Es en este punto donde el informe de la Oficialía Mayor saca los colores al anterior equipo de Gobierno, pues señala que “este Ayuntamiento, en relación con el expediente de dominio tramitado por los alegantes para la inscripción del título, no es que manifestara su falta de oposición a la inscripción, es que ni siquiera contestó en el trámite ofrecido para ello”.

De modo que ahora el Consistorio deberá impugnar la inscripción del bar en el Registro de la Propiedad, pues “mientras no se impugne la inscripción, la presunción posesoria sigue vigente”, esto es, que los propietarios son los que aparecen en el registro.

Y eso es precisamente lo que va a hacer ahora el Consistorio, “ejercitar las correspondientes acciones civiles ante los tribunales ordinarios y al propio tiempo impugnar la inscripción registral del presunto usurpador”, con el fin de “defender sus bienes”, en este caso un edificio catalogado y con protección especial, enclavado dentro de la arquitectura racionalista de la capital.

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