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España

Condenado un magistrado talaverano por prevaricación judicial a multa

Como autor de un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, por haber dictado una resolución injusta

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha condenado al magistrado Fernando Presencia Crespo como autor de un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, por haber dictado una resolución injusta y a sabiendas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales al frente del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Talavera de la Reina (Toledo), al pago de una multa de 3.600 euros diarios y a la inhabilitación durante diez años para el cargo de juez o magistrado.

   Dicha resolución injusta, según la sentencia recogida por Europa Press, fue dictada por el magistrado para favorecer al imputado en una causa de su juzgado con el que mantenía una relación de amistad. La Sala condena también al magistrado a la pérdida definitiva del cargo que ostenta, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o fuera del mismo.

   Los hechos probados de la sentencia recogen que el magistrado, durante la tramitación de unas diligencias previas abiertas en su juzgado por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro, en un supuesto atropello de un peatón y posterior fuga ocurrida en Talavera de la Reina, acordó --oralmente y a posteriori a través de auto-- el sobreseimiento provisional del delito de omisión del deber de socorro, y el sobreseimiento libre y transformación a falta por las lesiones imprudentes sin haber practicado las diligencias de prueba solicitadas, hasta en tres ocasiones, por la parte denunciante.


   La Sala señala en su sentencia, que el magistrado Fernando Presencia actuó de este modo, no porque creyera que era lo que procedía conforme a derecho, sino para favorecer al imputado en el procedimiento, con el que, dice la Sala, se ha acreditado una estrecha amistad a la vista de las declaraciones practicadas en el juicio celebrado por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCM.

   Contra la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCM cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, ha informado el Alto Tribunal en un comunicado.

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