El Gobierno español ha aclarado que las medidas de restricción de la movilidad que se aplican desde hoy en Andalucía no afectarán al tránsito en la frontera entre La Línea y Gibraltar.
Fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz han aclarado hoy que dicha medida se contempla en el artículo 9 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Dicho artículo especifica que las medidas que determinen las comunidades autónomas no afectan al régimen de fronteras. Eso sí, una vez en territorio nacional, se aplicarán las restricciones establecidas por comunidad autónoma de que se trate, en este caso Andalucía, después de indicar ayer que se cumplirían las mismas medidas que entre municipios.
Por ello, el tránsito entre la localidad linense y el Peñón no se verá afectado. Lo que sí quedará limitado para los gibraltarreños (al igual que para los andaluces), a motivos esenciales y/o justificados, al igual que en el resto de Andalucía, es el tránsito hacia otros municipios una vez en La Línea. será necesario contar con un formulario impreso y debidamente cumplimentado que certifique dicha justificación.
Así, tal y como recogen las medidas publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se restringe la entrada y salida de personas, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Por su parte, Gibraltar no aplica restricciones de movilidad salvo por casos excepcionales, como ocurre desde hoy en Andalucía. Eso sí, teniendo en cuenta las limitaciones que impone la Junta entre municipios andaluces, solo tendrían acceso al Peñón, fuera de las excepciones establecidas, los linenses, ya que para acceder a la Verja es el único municipio por el que se puede hacer y la movilidad entre localidades andaluzas está restringida. Igual sucede a la inversa, que salvo para los casos contemplados como excepcionales, los gibraltareños no podrían ir más allá de La Línea.