Sólo 592 mujeres trabajan oficialmente en Jerez como empleadas de hogar
La legislación obliga desde el 1 de enero a que tengan contrato de trabajo
Los últimos datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social -correspondientes al pasado 31 de diciembre- son concluyentes: en Jerez sólo están dadas de alta 592 empleadas de hogar, una cifra que parece encontrarse bastante lejos de la realidad y que convierte a este colectivo en claro exponente de la economía sumergida.
El pasado 1 de enero entró en vigor el real decreto que modifica la la relación laboral del empleo doméstico, una normativa que, entre otras cosas, contempla que las personas que se dedican a realizar estas tareas deben estar debidamente contratadas transcurridas cuatro semanas de servicio ininterrumpido.
El Centro de Acogida de Inmigrantes (Ceain) promovió en Jerez la creación de la Mesa Técnica por la Dignificación del Empleo Doméstico, en la que toman parte Cáritas, Mujeres Unidas contra la Violencia y Accem. Maribel Ripalda, responsable del área laboral de Ceain, considera que la legislación avanza en el sentido adecuado, pero no oculta las dificultades que existen para controlar unas relaciones que se producen en el ámbito doméstico. “Todo esto es muy nuevo. No sabremos si más adelante se establecerán mecanismos de control, pero es difícil, porque el trabajo se lleva a cabo en el interior de los domicilios”, recuerda.
Su opinión personal es que la economía sumergida “va a existir siempre”, por lo que la normalización en este sector de actividad “va a llevar su tiempo”. “Es un gran paso que se normalice, pero no sabemos qué pasará”.
Una amplia relación de nuevos derechos
Entre los avances que contempla la nueva regulación se establece la obligatoriedad de realizar un contrato por escrito; el pago de al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI); la extinción del contrato por escrito; la limitación de 40 horas semanales y ocho al día; la ampliación del descanso entre jornadas, que pasará a ser de 12 horas; el pago mediante documento justificativo o nómina; vacaciones de 30 días de duración (15 de los cuales la trabajadora podrá elegir libremente y de manera continuada); y todas las fiestas y permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, tales como lactancia, nacimiento de hijo prematuro y cuidado de familiares dependientes. También se contemplan indemnizaciones por despido y distintas causas.
El pasado 1 de enero entró en vigor el real decreto que modifica la la relación laboral del empleo doméstico, una normativa que, entre otras cosas, contempla que las personas que se dedican a realizar estas tareas deben estar debidamente contratadas transcurridas cuatro semanas de servicio ininterrumpido.
El Centro de Acogida de Inmigrantes (Ceain) promovió en Jerez la creación de la Mesa Técnica por la Dignificación del Empleo Doméstico, en la que toman parte Cáritas, Mujeres Unidas contra la Violencia y Accem. Maribel Ripalda, responsable del área laboral de Ceain, considera que la legislación avanza en el sentido adecuado, pero no oculta las dificultades que existen para controlar unas relaciones que se producen en el ámbito doméstico. “Todo esto es muy nuevo. No sabremos si más adelante se establecerán mecanismos de control, pero es difícil, porque el trabajo se lleva a cabo en el interior de los domicilios”, recuerda.
Su opinión personal es que la economía sumergida “va a existir siempre”, por lo que la normalización en este sector de actividad “va a llevar su tiempo”. “Es un gran paso que se normalice, pero no sabemos qué pasará”.
Una amplia relación de nuevos derechos
Entre los avances que contempla la nueva regulación se establece la obligatoriedad de realizar un contrato por escrito; el pago de al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI); la extinción del contrato por escrito; la limitación de 40 horas semanales y ocho al día; la ampliación del descanso entre jornadas, que pasará a ser de 12 horas; el pago mediante documento justificativo o nómina; vacaciones de 30 días de duración (15 de los cuales la trabajadora podrá elegir libremente y de manera continuada); y todas las fiestas y permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, tales como lactancia, nacimiento de hijo prematuro y cuidado de familiares dependientes. También se contemplan indemnizaciones por despido y distintas causas.
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