La concesión del título de Hijo Predilecto a Berraquero sigue el proceso administrativo
El pasado día 1 de octubre, fue emitido decreto del alcalde por el que se resolvía ?iniciar expediente para la concesión del título.
Presidencia ha informado de los pasos que se están siguiendo en el expediente
El delegado municipal de Presidencia, Francisco Romero, ha informado del procedimiento que está siguiendo el Ayuntamiento para la concesión del título de Hijo Predilecto de San Fernando a Alfonso Berraquero.
Romero explicó que el pasado día 1 de octubre, fue emitido decreto del alcalde, Manuel María de Bernardo por el que se resolvía “iniciar expediente para la concesión del Título de Hijo Predilecto de la Muy Leal y Constitucional Ciudad de San Fernando a D. Alfonso Berraquero García tras haber tenido conocimiento esta Alcaldía-Presidencia de las circunstancias y méritos que concurren en el precitado artista isleño, por su alta consideración en la disciplina de las Bellas Artes y por la difusión de su obra en el exterior, que tanto ha prestigiado a la ciudad de San Fernando”.
Conforme establece el Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento aprobado por el Pleno municipal el 26 de diciembre de 2008, el decreto también resuelve la designación de la funcionaria que actuará con instructora del expediente, en este caso la Jefa de Servicios Administrativos Generales, María José Tejero, Jefa de Servicios Administrativos Generales.
La Instructora incoará expediente practicando cuántas diligencias estime necesarias para la más depurada y completa investigación de los méritos del propuesto, solicitando o recibiendo declaraciones de cuantas personas o representantes de entidades de reconocida solvencia y prestigio, puedan suministrar informes y haciendo constar todas las declaraciones o pesquisas, datos, referencias o antecedentes que se consideren necesarios, tanto de carácter favorable como adverso a la propuesta inicial.
Simultáneamente, se publicará Edicto en el BOP abriendo información pública por plazo no inferior a 15 días.
Terminada la función informativa durante un plazo máximo de 2 meses desde la iniciación del expediente, se formulará propuesta motivada, que elevará a la Comisión de Honores y Distinciones del Ayuntamiento para que ésta, con su dictamen, la remita a la Alcaldía.
La Comisión de Honores y Distinciones estará compuesta por el delegado municipal de Presidencia, que la presidirá, y cuatro vocales, la delegada de Cultura; la instructora del expediente; un/a funcionario/a del Área de Cultura y el funcionario responsable de Protocolo municipal.
A la vista del dictamen de la Comisión, el alcalde podrá acordar el sobreseimiento y archivo, la ampliación de la información o la elevación de la propuesta formulada por la Comisión de Honores y Distinciones al Pleno del Ayuntamiento.
Para la adopción del acuerdo definitivo de concesión de los honores y distinciones, a la vista del expediente incoado, se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes del número de legal y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
Aprobado el expediente por el Pleno del Ayuntamiento, se extenderá acta de la sesión, en la forma preceptiva, fijándose día y hora en la que le será impuesta la distinción al homenajeado, que lo será en acto público solemne, con presencia de la Corporación Municipal, del que se levantará asimismo acta, en la que se recogerán todas las circunstancias que en el mismo concurran.
Romero explicó que el pasado día 1 de octubre, fue emitido decreto del alcalde, Manuel María de Bernardo por el que se resolvía “iniciar expediente para la concesión del Título de Hijo Predilecto de la Muy Leal y Constitucional Ciudad de San Fernando a D. Alfonso Berraquero García tras haber tenido conocimiento esta Alcaldía-Presidencia de las circunstancias y méritos que concurren en el precitado artista isleño, por su alta consideración en la disciplina de las Bellas Artes y por la difusión de su obra en el exterior, que tanto ha prestigiado a la ciudad de San Fernando”.
Conforme establece el Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento aprobado por el Pleno municipal el 26 de diciembre de 2008, el decreto también resuelve la designación de la funcionaria que actuará con instructora del expediente, en este caso la Jefa de Servicios Administrativos Generales, María José Tejero, Jefa de Servicios Administrativos Generales.
La Instructora incoará expediente practicando cuántas diligencias estime necesarias para la más depurada y completa investigación de los méritos del propuesto, solicitando o recibiendo declaraciones de cuantas personas o representantes de entidades de reconocida solvencia y prestigio, puedan suministrar informes y haciendo constar todas las declaraciones o pesquisas, datos, referencias o antecedentes que se consideren necesarios, tanto de carácter favorable como adverso a la propuesta inicial.
Simultáneamente, se publicará Edicto en el BOP abriendo información pública por plazo no inferior a 15 días.
Terminada la función informativa durante un plazo máximo de 2 meses desde la iniciación del expediente, se formulará propuesta motivada, que elevará a la Comisión de Honores y Distinciones del Ayuntamiento para que ésta, con su dictamen, la remita a la Alcaldía.
La Comisión de Honores y Distinciones estará compuesta por el delegado municipal de Presidencia, que la presidirá, y cuatro vocales, la delegada de Cultura; la instructora del expediente; un/a funcionario/a del Área de Cultura y el funcionario responsable de Protocolo municipal.
A la vista del dictamen de la Comisión, el alcalde podrá acordar el sobreseimiento y archivo, la ampliación de la información o la elevación de la propuesta formulada por la Comisión de Honores y Distinciones al Pleno del Ayuntamiento.
Para la adopción del acuerdo definitivo de concesión de los honores y distinciones, a la vista del expediente incoado, se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes del número de legal y, en todo caso, de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
Aprobado el expediente por el Pleno del Ayuntamiento, se extenderá acta de la sesión, en la forma preceptiva, fijándose día y hora en la que le será impuesta la distinción al homenajeado, que lo será en acto público solemne, con presencia de la Corporación Municipal, del que se levantará asimismo acta, en la que se recogerán todas las circunstancias que en el mismo concurran.
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