La juez al frente del Juzgado de Instrucción Número 2 de Jerez ha decretado el sobreseimiento de la causa abierta por los conocidos como “crímenes del Marrufo”, tras la denuncia que en julio pasado presentaron Andrés Rebolledo Barreno y la Asociación de Familiares de Represaliados por el Franquismo en La Sauceda y el Marrufo. La denuncia se presentó el 26 de julio, poco después de que aparecieran los primeros esqueletos de personas fusiladas en 1936 en terrenos del cortijo jerezano, en las excavaciones promovidas por la citada asociación.
Las excavaciones concluyeron con la localización de restos de 28 personas, muchos de ellos con señales de torturas, violencia y tiros en el cráneo. Los denunciantes estimaban que en El Marrufo “se cometieron delitos de desaparición forzosa, detención, torturas y asesinatos en el marco de crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y crímenes contra la paz y la seguridad internacional, todos perpetrados contra la población civil indefensa por motivos políticos e ideológicos, en el contexto de la insurrección armada contra el Gobierno legítimo de la República”.
En su auto, la jueza considera que los presuntos responsables de los hechos “están exentos de responsabilidad criminal y que los hechos son cosa juzgada”. La abogada de la asociación de familiares de represaliados, Rocío Mendoza, ya ha presentado el correspondiente recurso de reforma y apelación para que se siga investigando el asunto, ya que el auto da por bueno el argumento del fiscal, que en su informe considera que el tiempo transcurrido desde los hechos es tanto que ya ha excedido con creces el plazo para la prescripción de los supuestos delitos y que por ello han dejado de tener relevancia penal.
Según la citada Asociación, la jueza “acepta también el argumento del fiscal, según el cual, la Ley de Amnistía de octubre de 1977 afecta a todos los delitos cometidos con fines políticos antes de esa fecha, como sería éste el caso” y recuerda que el Tribunal Constitucional emitió una sentencia en 1993 en la que establecía que “la amnistía eliminó la responsabilidad penal y los efectos penales y sancionatorios de los ilícitos de intencionalidad política”.
La abogada de la Asociación explica en su recurso de apelación que “no existe prescripción del delito ni mucho menos cosa juzgada porque hasta la fecha en España no ha habido proceso alguno en materia de crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y crimen de genocidio porque precisamente rige la impunidad más absoluta. Mientras no exista una reparación integral a las víctimas y no se realicen las diligencias debidas para llevarlo a cabo por el Estado, los delitos siguen vigentes”, afirma la abogada en su recurso.
La abogada explica que durante muchos años no se ha sabido ni la identidad ni el paradero de las víctimas del aniquilamiento de la población de La Sauceda, pero añade que con los restos hallados este verano en las excavaciones del Marrufo “se prueban los crímenes cometidos contra ellos: tortura, secuestro, exterminio, detenciones ilegales y asesinato contra la población civil y bombardeo indiscriminado contra el pueblo de La Sauceda. Todo ello dentro de un plan organizado por los rebeldes y el régimen que posteriormente se instaló. Un plan que ya se había experimentado en otras ciudades de España precisamente como ensayo”.
Posibles imputados
Pese al tiempo transcurrido desde los hechos, la abogada afirma en su recurso que el conocimiento de que los posibles imputados estén fallecidos ha de ser cierto, nunca probable, sobre todo en este caso, “en el cual se denuncian los más horrendos crímenes y de mayor gravedad que suponen la historia más negra de España”. Por ello, solicita al juzgado que averigüe la filiación de todos los presuntos autores, responsables, copartícipes militares o civiles nacionales o extranjeros que participaron en los hechos. Y propone también que se les ofrezcan a las víctimas o descendientes de los fallecidos o desaparecidos las acciones penales y civiles pertinentes, y que se busque a las personas desaparecidas, se averigüen sus identidades, ya sean niños secuestrados, o personas asesinadas, y que se tomen medidas para su recuperación, identificación y exhumación.