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Córdoba

La Junta dice que la restricción del uso del agua en el Norte de Córdoba es "coyuntural"

"En ningún caso obliga a cortar el agua", pues lo que hace la Junta "es restringir el uso que se puede hacer de ese agua", que "no es apta para consumo humano"

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  • El embalse de Sierra Boyera el pasado marzo. -

El director general de Salud Pública de la Junta de Andalucía, Jorge del Diego, ha aclarado este lunes que la resolución por la que la Delegación de Salud y Consumo de la Junta en Córdoba declara como "no apta para el consumo humano el agua de la Zona de Abastecimiento del Norte de Córdoba, tras hallar valores superiores de carbono orgánico total (COT)", es "absolutamente coyuntural" y "en ningún caso obliga a cortar el agua", pues lo que hace la Junta "es restringir el uso que se puede hacer de ese agua", que ahora "no es apta para consumo humano".

En este sentido y en un audio remitido por la Junta, Del Diego ha asegurado que lo primero que pretende la Junta "es mandar un mensaje de absoluta tranquilidad a esa población que se va a ver afectada por esta medida", unas 80.000 personas en el Norte de la provincia cordobesa, por la aplicación de "una medida que entendemos que es absolutamente coyuntural" y que, más allá de afectar al consumo humano, no impide usar el agua, "por ejemplo, para poder ducharse una persona, sin ningún tipo de problema".

Salud ha tenido que adoptar esta medida apoyada "en la evidencia de que hay un parámetro que se encuentra por encima del umbral que nos marca la norma. Esto lo hemos ido siguiendo durante estas últimas semanas y las medidas que la empresa (Emproacsa) ha puesto para conseguir bajar los niveles de este compuesto no han sido efectivas".

"Por eso --ha señalado-- es necesario hoy declarar el agua como no apta para consumo humano y, a partir de hoy, seguiremos monitorizando, desde la Dirección General de Salud Pública, el comportamiento de ese parámetro, y acompañando a la empresa, que es la que tiene que poner las medidas para poder corregirlo y, en último caso, cuando comprobemos que de nuevo ese parámetro vuelve a los valores óptimos, pues revertir la medida que hoy tenemos que tomar".

Entre tanto, según ha precisado la Junta en una nota, la mencionada resolución afecta a los municipios de Alcaracejos, Añora, Belalcázar, Belmez, Los Blázquez, Cardeña, Dos Torres, Espiel, Fuente La Lancha, Fuente Obejuna, La Granjuela, El Guijo, Hinojosa del Duque, Pedroche, Peñarroya-Pueblonuevo, Pozoblanco, Santa Eufemia, Torrecampo, Valsequillo, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto y El Viso, que comprenden una población aproximada de 80.000 habitantes.

El informe emitido este lunes señala que el agua suministrada por la Empresa Provincial de Aguas de Córdoba (Emproacsa) "no podrá utilizarse para beber ni en el proceso de preparación o elaboración de los alimentos". No obstante, indica que "no existe inconveniente sanitario para utilizarla en la limpieza del hogar o para el aseo personal".

Además, según ha indicado la Junta, "deberá ser la empresa gestora (Emproacsa) la encargada de comunicar a la población afectada la calificación del agua y los usos permitidos, así como de proporcionar suministro a la población afectada, en tanto se mantenga la no aptitud de consumo".

Cabe recordar que el informe mensual de análisis de la sequía en Andalucía, correspondiente al mes de enero de 2023, calificaba de "severa" la situación de sequía pluviométrica de la comarca de Los Pedroches. Esta situación ya provocó que, ante la escasez de agua en el embalse de Sierra Boyera, de donde venía obteniendo el agua bruta la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) de Sierra Boyera para abastecer la zona Norte de la provincia, se plantease habilitar un suministro alternativo que aportaría agua bruta del embalse de La Colada a la ETAP de Sierra Boyera.

La finalidad de habilitar y acondicionar estas infraestructuras era permitir el referido aporte alternativo de agua a toda la Zona de Abastecimiento Norte de Córdoba, a fin de que no se llegase a interrumpir el suministro en caso de agotarse el agua remanente en el embalse de Sierra Boyera.

El pasado 7 de marzo, "la Delegación Territorial de Salud y Consumo y el operador Emproacsa establecieron pautas de vigilancia analítica de las aguas tratadas teniendo en cuenta los posibles peligros asociados a la nueva captación de agua bruta, indicándose a esa empresa la necesaria comunicación a Salud de los cambios en los perfiles de mezcla de las aguas procedentes de la nueva captación y la anterior (Sierra Boyera), y de la necesidad de controles analíticos diarios en determinados parámetros, cuyo seguimiento permitiría evaluar la eficacia del funcionamiento de la ETAP para conseguir los objetivos relativos al agua de consumo establecidos en el Real Decreto 3/2023".

La remodelación de la ETAP y su puesta en funcionamiento fue informada favorablemente con carácter provisional y condicionado a "la inspección y el seguimiento, durante el tiempo que sea necesario para asegurar una evaluación adecuada del funcionamiento de las instalaciones, de los resultados analíticos realizados por el operador", de conformidad a lo dispuesto en el artículo 39.2 del Real Decreto 3/2023 de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

Los últimos resultados aportados por Emproacsa concluyen valores superiores de carbono orgánico total (COT), por lo que la Junta instó a la empresa a "que dispusiera de medidas correctoras con carácter urgente", aunque las mismas, según indica el informe, "no han logrado conseguir los objetivos marcados en el plazo solicitado por la propia empresa".

Igualmente, la Delegación Territorial de Salud y Consumo "tuvo conocimiento de coloración visible en el agua en, al menos, dos redes de distribución (Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco) y pérdida de transparencia en otra de las redes (Belalcázar) de esta Zona de Abastecimiento, suministrada por la ETAP de Sierra Boyera. En consecuencia, el informe indica que "en el momento actual no es posible garantizar que el agua suministrada sea salubre y limpia", por lo que "se declara la no aptitud para su consumo".

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