La decisión de la presidenta del Congreso, la socialista Francina Armengol, de convocar para los días 26 y 27 de septiembre el debate de investidura del presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, desplaza al 14 de enero la fecha de celebración de unas hipotéticas elecciones generales repetidas en caso de bloqueo.
La fecha de la primera votación de investidura es clave en caso de que sea necesario una repetición electoral. Si a los dos meses de esa primera votación fallida persiste el bloque y nadie ha logrado ser investido presidente, las Cortes se disuelven y deben celebrarse elecciones 47 días después.
Las posiciones manifestadas por los distintos partidos con representación parlamentaria apuntan a que Feijóo no superará las votaciones de investidura, con lo que el próximo 27 de septiembre se pondrá en marcha el contador de los dos meses.
Si se confirma el fracaso de la investidura de Feijóo, la previsión es que el Rey proceda a realizar una segunda ronda de consultas en la que el socialista Pedro Sánchez podrá postularse como alternativa.
Pero si no consigue los apoyos necesarios y persiste el bloqueo, las Cortes se disolverán el 27 de noviembre y se pondrá en marcha el calendario electoral para casos de bloqueo, que es más corto que los 54 días un periodo electoral normal.
Para estos casos de repetición electoral el Congreso ya modificó la Ley Electoral fijando sólo 47 días entre la convocatoria y la celebración de elecciones, ya que se reducen todos los plazos del procedimiento, incluyendo la campaña electoral, que sólo es de una semana.
Así las cosas, si hay que repetir elecciones generales por falta investidura los comicios ya tienen una fecha asignada: domingo 14 de enero, pasadas ya las fiestas de Navidad.