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Granada

Culpable de asesinato sin alteración mental el acusado del crimen de Juncaril

Un jurado popular ha declarado por unanimidad la culpabilidad por asesinato con alevosía y ensañamiento, y sin ningún tipo de atenuantes

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  • Primera sesión del juicio. -

Un jurado popular ha declarado este miércoles por unanimidad culpable de asesinato con alevosía y ensañamiento, y sin ningún tipo de atenuantes por alteración psicológica, al hombre que ha sido juzgado en la Audiencia de Granada por matar, el 5 de febrero de 2021, a una mujer de 29 años en la empresa en la que trabajaba en el Polígono Juncaril de Albolote (Granada) asestándole diversos golpes y puñaladas por todo el cuerpo.

Tras dos días de deliberaciones, los miembros del jurado han descartado que el acusado, de unos 36 años, sufriera un brote psicótico cuando cometió el crimen que anulara completa o parcialmente sus facultades como él ha venido sosteniendo en esta causa. También ha sido declarado culpable de robo con violencia, según han detallado a Europa Press fuentes del caso.

El acusado reconoció el crimen durante el juicio pero dijo que "no recuerda nada" de la agresión, "solamente un forcejeo" con la víctima, de nombre Ana Elena, pues ese momento sufría alucinaciones con "el demonio" y escuchaba "voces a través de pirámides" que le hacían creer que "todo el mundo le quería matar".

La Fiscalía, que inicialmente pedía internamiento psiquiátrico, modificó en la última sesión del juicio sus conclusiones y solicitó que sea condenado a 29 años y nueve meses de prisión. La fiscal descarta así el brote psicótico y pide, concretamente, que sea condenado a 25 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento; a otros cuatro años por robo con violencia y a nueve meses más por la resistencia que opuso durante su detención.

La defensa, ejercida por el letrado Pablo Luna, ha pedido la libre absolución --con internamiento en un centro psiquiátrico durante 15 años-- al entender que padece esquizofrenia paranoide y cuando cometió el crimen tenía completamente anuladas sus facultades mentales. No obstante, también ha ofrecido una pena alternativa de prisión de diez años y un mes si se apreciase la eximente incompleta por alteración mental.

Las dos acusaciones particulares --ejercidas por los padres de la joven por una parte y por un hermano por la otra, representados por los letrados Rafael López Guarnido y Francisco García Ballesteros-- han solicitado un total de 30 años de prisión.

El juicio se ha repetido después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulara el veredicto del jurado popular anterior --distinto al de ahora-- que descartó el brote psicótico y le declaró culpable, y por el que fue condenado a 27 años de prisión tras entender el alto tribunal andaluz que no estuvo suficientemente motivado.

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