La Confluencia ha denunciado posibles irregularidades en el proceso de elección del nuevo director del Teatro Villamarta, al estimar que la eliminación de uno de los requisitos exigidos inicialmente obligaba al inicio de un nuevo procedimiento.
La concejala de La Confluencia Kika González entiende que estamos ante un procedimiento de selección “injusto e irregular” ya que
uno de los requisitos que se exigían en la convocatoria –diez años de experiencia en la gestión de teatros públicos de primer nivel- fue eliminado de manera unilateral por parte de la comisión de selección y una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes.
Ese requisito fue eliminado porque
ninguno de los 18 aspirantes al cargo cumplía con la exigencia de acreditar diez años de experiencia en la gestión de teatro públicos de primer nivel, lo que lleva a La Confluencia a considerar que se alteraron las bases de la convocatoria y que, por tanto, debieron aprobarse unas nuevas e iniciar un nuevo procedimiento.
Para González,
lo lógico hubiera sido “declarar el proceso desierto, modificar las bases y volverlas a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)”, respetándose así “el principio de igualdad en este procedimiento público de libre concurrencia”.
Sin embargo, la comisión de selección decidió eliminar este requisito y valorar los currículum presentados “e manera unilateral, sin previo aviso, comunicación ni publicidad, y sin que pasase nuevamente por el Patronato de Fundarte”.
La comisión argumenta que dado que los 18 aspirantes no cumplían con ese requisito de los diez años de experiencia no se ha ocasionado “desigualdad entre los aspirantes”, que han concurrido al procedimiento “en igualdad de condiciones”. “Asimismo, y a fin de evitar cualquier desigualdad entre de los candidatos en el proceso de selección se considera no excluir ad initio ninguna de ellas procediendo a una valoración en conjunto de requisitos y méritos”, añaden.
Sin embargo, La Confluencia entiende que se trata de un procedimiento que no respeta el principio de igualdad porque
“anula la posibilidad de acceder a esta convocatoria a personas que no presentaron la solicitud puesto que no cumplían inicialmente este requisito que a posteriori fue eliminado”, pudiéndose entender que los requisitos iniciales jugaron un papel disuasorio frente a posibles candidatos o candidatas.
En este sentido, González sostiene que “es una evidencia que no se ha dado la misma oportunidad a todas las personas”, por lo que entiende “que se trata de un procedimiento no válido y susceptible de ser impugnado”.