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Rebajan la petición de condena a un agresor sexual de veinte a dos años

El cambio de calificación de abusos sexuales a agresión sexual y el atenuante del pago de la responsabilidad civil influyen en la sentencia

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La sección séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz en Algeciras ha condenado a dos años de prisión a un hombre al que se acusaba de haber agredido sexualmente a dos menores de edad.

Una conformidad entre el fiscal y la defensa ha rebajado la petición de pena de veinte a dos años sobre el acusado, al haberse modificado la calificación del delito y al contar con el atenuante de la reparación de los daños causados.

Los hechos denunciados se remontan a 2010, cuando, según la acusación, el hombre llevó, en dos ocasiones, a dos menores de 12 años de edad, amigas de su sobrina, a un cuarto, donde supuestamente les ponía vídeos de contenido sexual y la sometía a tocamientos.

Finalmente, tras firmarse la conformidad entre las partes, se ha modificado la calificación del delito de abusos sexuales por el de agresión sexual, al no quedar probada ningún tipo de penetración.

A este hecho se ha sumado también el atenuante de la reparación del daño causado, al haber pagado el acusado las costas de responsabilidad civil, que ascendieron a 4.000 euros.

Por estas circunstancias, se ha rebajado la petición de pena de veinte a dos años. Al no contar con antecedentes penales, el acusado no ingresará finalmente en prisión.

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