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Málaga

Condenan a dos hombres por cultivar plantas de marihuana en sus domicilios

A uno se le impone un año de prisión y al otro, aunque inicialmente se le condenó a dos años, la Sala ha reducido la pena a un año y dos meses

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena dictada por dos juzgados de la capital contra dos hombres por un delito contra la salud pública, por tener y cultivar ambos plantas de marihuana en sus domicilios. Así, a uno se le impone un año de prisión y al otro, aunque inicialmente se le condenó a dos años, la Sala ha reducido la pena a un año y dos meses.

   En el primero de los casos, ocurrido en 2008, un juzgado autorizó el registro de la vivienda del acusado, ubicada en la localidad malagueña de Alhaurín el Grande, donde los efectivos de la Guardia Civil encontraron, tanto en el interior como en la terraza, plantas de cannabis sátiva, con un peso de 2.019 gramos, según se recoge en la sentencia de la Audiencia de Málaga.

   Por estos hechos se condenó al hombre a dos años de prisión y multa por el valor de la sustancia intervenida, pero contra la sentencia, la defensa presentó un recurso, en el que se alegaba que el acusado es consumidor de dicha sustancia y que no había quedado acreditado que el trasiego de personas por la vivienda fuera para comprar marihuana.

   Por contra, la Sala, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, considera que no existe valoración errónea de la prueba practicada en el juicio y que se trata de un delito contra la salud pública, aunque sí suaviza la pena impuesta inicialmente, al atender que parte de la sustancia fuera la su consumo propio, por lo que le impone un año y dos meses de cárcel.

   En el otro caso, el juzgado declaró probado y la Audiencia ha ratificado que en el registro de la vivienda de la madre del acusado, en la localidad malagueña de Gaucín, se encontraron siete plantas de marihuana con un peso de 807 gramos y un valor en el mercado ilícito de unos 3.300 euros, sustancia que "estaba destinada al consumo por terceros".

   Así, se le condenó a un año de prisión y multa de 4.000 euros, pena ahora confirmada por el Tribunal, que ha rechazado el recurso de apelación al considerar que la instrucción fue correcta, que existen suficientes pruebas de cargo y que no ha habido error a la hora de valorarla. Asimismo, descarta que se hubiera producido una manipulación de la sustancia desde su intervención.

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