El tiempo en: Arcos
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Málaga

Condenan a una mujer a trabajos en beneficio de la comunidad por pegar a su tía

Esto provocó en la víctima, según dicha resolución, varias lesiones consistentes en arañazos y erosiones en ambas manos, hematomas en un brazo y contusiones en ambos, sin que le generase secuelas. Tras el juicio, la acusada fue condenada por un delito de violencia doméstica

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia de Málaga ha ratificado la pena impuesta a una mujer por pegar a su tía varios pellizcos y cogerla del cuello tras una discusión. Así, se desestima el recurso presentado por la defensa de la acusada y se confirma la sentencia en la que se le condena a realizar 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

   Los hechos sucedieron en enero de este año 2015. Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso Europa Press, la acusada mantuvo una discusión con la otra mujer en el transcurso de la cual la agarró del cuello, le sujetó las manos y le dio varios pellizcos.

   Esto provocó en la víctima, según dicha resolución, varias lesiones consistentes en arañazos y erosiones en ambas manos, hematomas en un brazo y contusiones en ambos, sin que le generase secuelas. Tras el juicio, la acusada fue condenada por un delito de violencia doméstica.

   Además del trabajo en beneficio de la comunidad, se le impuso la prohibición de aproximarse a su tía o comunicarse con ella durante dos años, así como la prohibición de tener armas durante el mismo tiempo. Como indemnización se fijó el pago a la víctima de la cantidad de 180 euros.

   Contra esta sentencia, la defensa de la procesada presentó un recurso de apelación, que ha sido desestimado, ya que la Sala recuerda que la propia acusada "reconoce que hubo un forcejeo entre ambas mujeres", además de que existe un parte médico de la víctima con las heridas.

   Asimismo, señala que aunque fuera cierto que la tía insultó previamente a la acusada y esto fuera el detonante de la agresión, la procesada "no respondió a su oponente de forma equivalente", sino que "optó por agredirla", lo que es "incompatible con la legítima defensa que se alega".

   Por su parte, la acusación particular presentó otro recurso, en el que se solicitaba que se impusiera una pena de prisión, pero el Tribunal de apelación también lo rechaza, al indicar que la condena impuesta "resulta adecuada" en este caso.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN