La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha rechazado conceder la suspensión de la ejecución de la condena de siete años de cárcel impuesta al exalcalde de Marbella Julián Muñoz por el caso 'Minutas', sobre las irregularidades en los encargos realizados al letrado José María del Nido, mientras se tramita el indulto solicitado por él ante el Ministerio de Justicia.
Muñoz remitió desde la prisión malagueña de Alhaurín de la Torre, donde cumple condena por otro caso, un escrito en el que pedía la suspensión de la ejecución de esta pena, al considerar que de no hacerse "le supondría una involución en su tratamiento penitenciario", ya que no se le podrían aplicar beneficios, tales como permisos de fines de semana.
Ahora, en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala recuerda que la suspensión tiene carácter "excepcional" y alude a que hay que tener en cuenta distintas variables, como "la gravedad de los hechos de que se trata y la sensación de impunidad que se produciría si se acordara la suspensión pretendida por causa de la solicitud formulada".
Asimismo, precisa que Muñoz tiene "varios procedimientos, en algunos de los cuales ha recaído también sentencia condenatoria", como la pena de siete años y medio impuesta por blanqueo de capitales, que es firme y por la que está cumpliendo condena, y señala que esa circunstancia, dice el Tribunal, también determina la concesión de los permisos penitenciarios.
Sobre el indulto, aunque precisa que corresponde al Consejo de Ministros concederlo, recuerda que la ley excluye a los reincidentes y que deben concurrir razones de "justicia, equidad o utilidad pública", parámetros que "no parece estar presentes en el caso". Además, apunta que la posibilidad de que se conceda "no deja de ser un futurible que no debe mediatizar la normal ejecución de dicha pena".
Justicia recibió el 30 de diciembre de 2013 la solicitud de indulto de Muñoz por esta causa, escrito en el que alegaba su situación clínica y buena conducta penitenciaria. El Ministerio remitió la pasada semana la petición al tribunal sentenciador para que realice un informe, que es preceptivo antes de entrar a estudiar si se concede o no la medida de gracia.