La declaración ambiental estratégica de la modificación urbanística promovida por el Ayuntamiento de Sevilla, para el traslado de los depósitos de combustible que tiene la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) en la dársena del Batán, aspecto clave para el proyecto de gran complejo comercial y de ocio Sevilla Park, señala los "embotellamientos y atascos" de la zona en cuestión, con lo que ante el previsible "aumento del tráfico rodado" a cuenta de esta iniciativa ciñe la aprobación ambiental del proyecto constructivo a un "estudio de movilidad".
La mencionada declaración ambiental estratégica, recogida por Europa Press, aborda la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2006 aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Sevilla, para el "cambio de calificación de los suelos de CLH y la modificación de las condiciones de uso portuario en la zona del Batán", unos terrenos pertenecientes a la Autoridad Portuaria hispalense.
El objetivo de la operación, como bien recuerda este documento, es "reconocer el uso industrial a los terrenos de CLH en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2011 y establecer para todo el sector de la cabecera del Batán la compatibilidad del uso comercial en formato de gran superficie minorista", al objeto de que los terrenos puedan acoger el mencionado recinto comercial y de ocio.
"La materialización del uso comercial en formato de gran superficie minorista para la totalidad del sector estará supeditada a la materialización del traslado de las instalaciones de CLH", rememora además la declaración ambiental estratégica, pues en efecto el traslado de los depósitos de CLH es un aspecto fundamental para el mencionado proyecto de gran complejo comercial y de ocio.
EL "CONDICIONADO"
La declaración ambiental estratégica, en cualquier caso, declara la recalificación de los terrenos en cuestión como "ambientalmente viable, siempre y cuando se cumplan las especificaciones indicadas en el estudio ambiental y en el condicionado" asociado al propio documento. Dicho apartado de "condicionado", consultado por Europa Press, dedica todo un capítulo a la "movilidad y la contaminación atmosférica", avisando de que en el entorno urbano donde ha sido proyectado el nuevo complejo comercial y de ocio, la ronda de circunvalación SE-30, la calle Puente de las Delicias y por ende la calle Esclusa "sufren embotellamientos, atascos y tráfico lento a diario".
"De los cuatro linderos de la zona objeto de la modificación, dos de ellos no cuentan con accesos y los otros dos cuentan diariamente con graves problemas de tráfico", expone el mencionado documento, recordando que el proyecto implica la construcción de "una instalación que genera un aumento del tráfico rodado", con el consecuente impacto en la movilidad y en la contaminación atmosférica y acústica.
Por eso, esta declaración ambiental estratégica determina que "dadas las implicaciones medioambientales que conlleva el incremento del tráfico rodado denso en las viviendas cercanas, así como en la calidad del aire, junto a la solicitud del trámite ambiental al que deberá someterse el proyecto de construcción de la gran superficie minorista, deberá aportarse un estudio de tráfico y movilidad de la zona del Batán, previamente informado por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio".
"PREVISIÓN DE AUMENTO DE VEHÍCULOS"
Al respecto, el documento señala diez enlaces, vías o tramos como el puente de las Delicias, la calle de la Esclusa, la Glorieta Avión Saeta, la avenida Juan Pablo II, la calle Antonio Bienvenida o el tramo de la avenida Bueno Monreal comprendido entre sus confluencias con la avenida de la Raza y la calle Manuel Siurot, reclamando para los mismos la "identificación de la previsión de aumento de vehículos
derivada de la entrada en funcionamiento" del recinto, así como la evaluación de "las afecciones en materia de tráfico y movilidad".
Y es que "la aprobación del trámite ambiental al que deberá someterse el proyecto de construcción de la gran superficie minorista quedará condicionada a la presentación de un estudio de movilidad previamente informado por el órgano competente dentro de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, que certifique que el nivel de servicio de todos los enlaces o tramos viarios señalados es igual o superior en el estado postoperacional que en el preoperacional, es decir que se garantiza el mantenimiento de ellos niveles de servicio".
Porque como bien avisa esta declaración ambiental estratégica, "aquellos enlaces y tramos viarios del entorno de la zona de ordenación que en el estado preoperacional tengan nivel de servicio pésimo no son susceptibles de recibir ni un solo vehículo más, dado que dicho aumento de la demanda sólo contribuiría a empeorar la movilidad".
Para tales casos, el documento reclama "una propuesta de medidas correctoras que o bien permitan pasar a un nivel de servicio superior o bien aseguren que el aumento del tráfico del tramo o enlace en cuestión no genera un empeoramiento del tráfico".